Retiros Parciales
En el caso de Retiros Parciales, el asegurado que acuda a la Afore presentando en original y copia simple la solicitud de disposición de recursos emitida por el IMSS para Ayuda para Gastos de Matrimonio o Retiro por Desempleo acompañada por la documentación que, en su caso, establezcan los Institutos de Seguridad Social.
Las Afores al liquidar una solicitud de retiro parcial por ayuda de gastos de matrimonio o ayuda por desempleo, deberán ajustarse a lo establecido en la Ley del Seguro Social 97, la Ley del ISSSTE.
Retiro por ayuda de gastos de matrimonio
Retiros Totales
Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Invalidez
Riesgo de Trabajo
Negativa de Pensión
Edad
Reingreso
Retiro Anticipado
Viudez
Orfandad
Ascendientes