Ayuda por gastos de matrimonio

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Es la prestación económica en la cual el derechohabiente obtiene al contraer matrimonio en forma civil.

 

La ayuda permite retirar el equivalente a treinta días de salario minimo vigente en el Df (zona geografica a), esta ayuda proviene del capital aportado en la la cuenta de Cuota Socail dentro de tu Afore la cual aporta el Gobierno dentro de los terminos de la fracción IV en el articulo 168 de la ley del Seguro Social (LSS) solo para trabajadores que la reciban y con las aportaciones de la subcuenta de Retiro , Cesantia en edad avanzada y vejez para los trabajadores que no reciban la primera dentro de sus contribuciones a la afore.

 

REQUISITOS PARA AYUDA DE GASTOS DE MATRIMONIO

 

Tener por lo menos 150 semanas de cotización ene le seguro de Retiro Cesantia en Edad Avanzada y Vejez a la fecha del registro o celebración del Matrimonio.

 

Que cualquiera de los contrayentes (conyuges)  no haya adquirido con anterioridad ayuda alguna ante el IMSS de gastos de Matrimonio.

 

Los datos del solicitante se encuentren en forma correcta es decír que coincida el CURP y acta de nacimiento con los registrados en el Seguro Social y Afore.

 

Estar vigente como aseurodo dentro del IMSS o haber contraido matrimonio dentro de los 90 días naturales a partír de la baja y que se este en conservación de derechos.

 

 

DOCUMENTACIÓN PARA AYUDA DE GASTOS DE MATRIMONIO

 

 

Resolución de ayuda para Gastos de Matrimonio, emitido por la UMF del IMSS. Esta resolución tiene una vigencia de 60 días naturales. a partiír de la fecha de emisión.

Original y copia de comprobante de domicilio vigente (no mas de dos meses)

Original y copia de identificación oficial

Comprobante del ultimo estado de cuenta de Afore.

 

 

PUNTOS A CONSIDERAR PARA AYUDA DE GASTOS DE MATRIMONIO

 

Las semanas cotizadas ante el IMSS se mantienen no disminuyen

La ayuda para gastos de matrimonio no tiene prescripción.