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Artículo 41 De la Ley del IMSS
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Ley IMSS
› Artículo 41
Título
:
TÍTULO SEGUNDO DEL RÉGIMEN OBLIGATORIO
Sección
:
PRIMERA GENERALIDADES
:
Artículo 41. Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.